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Ciudadanía por vía materna

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Si se desea realizar la ciudadanía partiendo de una mujer nacida en Italia, es importante saber:

La mujer italiana que contraía matrimonio con un ciudadano extranjero antes del primero de enero de 1948 (01/01/1948), por ley perdía automáticamente su ciudadanía italiana y como consecuencia, también sus descendientes.

Tras la reforma de la Constitución Italiana, a partir del primer día del primer mes de 1948, los derechos entre mujeres y hombres se igualaron. Por lo que los hijos de una mujer italiana casada con un extranjero, nacidos después de la fecha mencionada pueden solicitar la ciudadanía italiana mediante un trámite administrativo.

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